NOTICIAS 21 DE JULIO DE 2011
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Boletín de prensa 21 de julio de 2011

 

EL TIEMPO

 

CORTE DECIDIRÍA HOY SOBRE MATRIMONIO Y ADOPCIÓN DE PAREJAS GAY

 

En manos de la Corte Constitucional está el derecho al matrimonio y la adopción de homosexuales.

En Sala Plena decidirán si es inconstitucional el artículo de Código Civil que define el matrimonio.

Los magistrados de la Corte Constitucional tienen hasta el 22 de julio para decidir la demanda que pide que se respete el derecho de las parejas gay a que se les reconozca el derecho al matrimonio.

El concepto de matrimonio, que rige desde 1887 en el Código Civil, señala solo se le puede dar ese reconocimiento a la unión entre un hombre y una mujer.

En noviembre pasado, la misma Corte devolvió la demanda por razones de forma y el debate quedó en la nevera. Pero esta vez, dicen fuentes del alto tribunal, habrá una definición frente a uno de los últimos derechos que les quedan por conquistar a los homosexuales en Colombia.

ELTIEMPO.COM conoció que la ponencia del magistrado Gabriel Mendoza que pasó a estudio de sus colegas mantiene la posición que ha esgrimido en debates similares: la defensa de la familia tradicional como institución y que el matrimonio gay le abriría la puerta a la adopción, lo que podría ir en contra de los derechos de los niños.

En esa posición lo acompañarían -según los antecedentes del debate- los magistrados Nilson Pinilla y Jorge Pretelt. Sus argumentos son los mismos que ha esgrimido el procurador Alejandro Ordóñez, quien en su concepto a la Corte, por segunda vez, pidió rechazar la demanda.

En la otra orilla, según las fuentes consultadas, estarían de entrada cuatro de sus colegas: María Victoria Calle, Luis Eduardo Vargas, Iván Palacio y el actual presidente de la corporación, Juan Carlos Henao.

Lo que decidan los otros dos miembros de la Corte, los magistrados Humberto Sierra y Mauricio González, inclinará la balanza. En el debate pasado, ambos votaron porque no se decidiera de fondo y pidieron contar con más argumentos para el debate.

En el 2007, con una ponencia del magistrado Rodrigo Escobar Gil, la Corte extendió la unión marital de hecho a las parejas del mismo sexo. Un año después, con ponencia del magistrado Marco Gerardo Monroy Cabra, se les reconoció a las parejas homosexuales los mismos beneficios de seguridad social que a las heterosexuales. Y ese mismo año, les reconoció derecho a heredar la pensión de sus parejas en caso de fallecimiento.

 

CORTE DECIDE SI ENTREGA NIÑO EN ADOPCIÓN A PAREJA GAY

 

El fallo que proferiría la Corte Constitucional esta semana puede ser histórico.

 La acción de tutela que está en estudio exige que se permita a una lesbiana que comparta con su pareja la patria potestad de su hija biológica.

 

Las mujeres que interpusieron el recurso no sólo exigen que se reconozca legalmente el hecho de que la niña tiene dos mamás, sino que se proteja su derecho a contar con una familia, explica su abogado, Germán Rincón Perfetti.

Desde el 28 de febrero del 2008, cuando el Instituto de Bienestar Familiar (Icbf) se negó a tramitar la adopción, ellas han venido explicando ante los jueces que sus intenciones son mantener ante la pequeña la honestidad con la que han actuado desde que formalizaron su unión homosexual en Alemania, hace seis años, y que su hija cuente con el respaldo de ambas.

El Icbf argumentó en su momento que la ley nacional no admite la adopción en parejas del mismo sexo. Además, dijo que las mujeres no cumplían con el mínimo de dos años de unión marital, desconociendo su boda en Alemania.

Tras ser concedida la tutela por un juez de Rionegro (Antioquia) y ratificada por el Tribunal Superior de Medellín, el Icbf le pidió a la Corte Constitucional que la revisara. Según el Instituto, el artículo 42 de la Carta Política define la familia como la unión entre un hombre y una mujer.

En la ponencia que estudia la Corte, del magistrado Juan Carlos Henao, no sólo el concepto de familia ha cambiado, sino que en los requisitos para adoptar no se exige la conformación de una familia, sino un entorno familiar adecuado para el menor de edad.

Otra cosa piensa la Procuraduría, que pidió a la Fiscalía y al Icbf investigar los casos de adopción individual, para establecer si se trata de homosexuales que "engañan a las autoridades administrativas y judiciales de familia sobre su orientación sexual o la conformación de su hogar".

 

DÍA CLAVE EN LA CORTE CONSTITUCIONAL PARA SANCIÓN A DOSIS MÍNIMA

 

La decisión final debe ser respaldada por al menos cinco de los nueve magistrados.

La prohibición de consumir droga en público tendrá este jueves su prueba definitiva en la Corte Constitucional.

El tribunal decidirá si la reforma constitucional de diciembre del 2009, que proscribió el porte y consumo de la dosis mínima de droga (20 gramos de marihuana y dos gramos de bazuco), suplantó o no el espíritu de la Carta Política de 1991.

La ponencia -elaborada por el magistrado Juan Carlos Henao, actual presidente del tribunal- apunta a que la reforma aprobada por el Congreso fue legítima.

En todo caso, la decisión final debe ser respaldada por al menos cinco de los nueve magistrados.

Según la reforma, previo consentimiento, los adictos recibirán tratamiento médico y medidas pedagógicas.

La nueva ley aumentó también las penas para los 'jíbaros', hasta 24 años de cárcel y al doble si venden en universidades o colegios o usan a menores para su negocio ilegal.

 

HAY CHOQUE ENTRE LEGISLATIVO Y JUDICIAL: NUEVO PRESIDENTE DEL SENADO

 

Juan Manuel Corzo aseguró que la Corte tumbó el referendo reeleccionista sin tenerlo permitido.

El nuevo presidente del Senado, el conservador Juan Manuel Corzo, aseguró que "en la competencia del Legislativo, con relación a la Rama Judicial, nos encontramos con un choque que le ha causado perjuicios a la Nación".

Corzo afirmó que, con la sentencia que tumbó la segunda reelección del ex presidente Álvaro Uribe, la Corte Constitucional se "arrogó la función de revisar aspectos sustantivos o de fondo (...) que no le estaban ni le están permitidos" sobre actos legislativos, consultas populares, convocatorias a referendos y asambleas constituyentes.

Luego de agradecer a la plenaria del Senado por los 96 votos con los que ganó la presidencia de la corporación, Corzo aseguró que "hoy el Legislativo y el Ejecutivo se encuentran en una verdadera dualidad entre las facultades constitucionales".

 

El senador conservador también se refirió al juzgamiento de congresistas: "Por mandato constitucional, los parlamentarios carecen de garantías procesales reconocidas mundialmente hasta en las más incipientes democracias".

Como uno de los temas prioritarios del Gobierno en la nueva legislatura será la reforma de la justicia, el nuevo presidente del Senado advirtió que debe hacerse de fondo para que se aplique a todos los sectores de la sociedad.

 "Hay necesidad de hacer realidad la justicia para todos los colombianos, incluidos los altos dignatarios del Ejecutivo y de las cortes, el sometimiento a la ley debe ser un imperativo que rija sobre el equilibrio de los poderes públicos", explicó Corzo.

 

POLO PRESENTA PROYECTO PARA PROHIBIR LA REELECCIÓN PRESIDENCIAL

 

El proyecto cuenta con el apoyo de toda la bancada del Polo Democrático.

La reforma constitucional la impulsa el senador Alexander López y ya fue radicada ante el Congreso.

Regresar a lo establecido en la Constitución de 1991 para que en Colombia quede prohibida totalmente la reelección presidencial, es la intención de un proyecto de reforma constitucional que radicó este miércoles el Polo Democrático ante el Congreso.

La iniciativa la impulsa el senador Alexander López y cuenta con el respaldo de toda la bancada del partido de oposición.

"Radiqué el acto legislativo que prohíbe la reelección presidencial en Colombia, lo que significa que volveríamos a lo que estaba establecido en la constitución de 1991", precisó López.

El Congresista explicó que "son evidentes" los "daños" que le hizo al país la figura de la reelección que impulsó el ex presidente Álvaro Uribe, por lo que eso debe ser corregido.

"La reelección presidencial acabó con los pesos y contrapesos, generó grandes descompensaciones al momento de elegir órganos de control y, en materia de participación en política, fue evidente lo que ocurrió con el ex presidente Uribe: sus ministros y funcionarios compraron congresistas para lograr la reelección", puntualizó López.

 

MENTIRAS E IMPRECISIONES

 

Jorge Orlando Melo

 

Las organizaciones de derechos humanos saben por esto que una denuncia imprecisa los desacredita y puede arruinar decenas de casos fundados.

A Voltaire, un fanático defensor de la verdad, la libertad y la decencia, se le atribuyen cosas que nunca dijo. Según una historiadora, Voltaire creía que aunque no estuviera de acuerdo con lo que otro escritor decía, estaba dispuesto a dar su vida para defender su derecho a decirlo, y muchos citan la frase entre comillas, como si fuera del escritor francés. Para otros, Voltaire dijo "calumniad, calumniad, que de la calumnia algo queda", un aforismo que no está en sus obras y le atribuyó mentirosamente un cura francés del siglo XIX, y una calumnia de la que sí quedó algo, pues muchos la creen.

Como estamos en medio del gran destape, con un gobierno empeñado en revelar y castigar la corrupción y la arbitrariedad que hubo en la administración anterior, tras años de esfuerzos de jueces, periodistas y ciudadanos, hay que insistir en la necesidad de buscar la verdad por encima de intereses políticos y pasiones personales. Muchas de las revelaciones surgen, es obvio, de cómplices y participantes en la corrupción o los delitos oficiales: son los delincuentes los que saben lo que se hacía. Muchos creen en las denuncias contra los enemigos y se quejan, si afectan a sus amigos, porque se dé fe a los bandidos. Los mismos que piensan que las denuncias de un guerrillero o las frases a veces fantasiosas de un correo deben aceptarse al pie de la letra, protestan si se cree a los paramilitares que cuentan, mezclando verdades y mentiras, lo que saben.

En estos casos hay que mirar con escepticismo las acusaciones, pero tomar en serio los indicios, verificar las conexiones entre hechos, someter los testimonios a crítica severa, verificar la coherencia de la información y aplicar las reglas de la argumentación y la prueba. Esta es tarea ante todo de la justicia, pero en la que prensa y opinión son importantes.

En un caos como el actual, la crítica detallada de los argumentos de la justicia es esencial, pues en muchos casos se advierte la debilidad de sus conclusiones. Como lo demostró Pirry en documental del año pasado, el Gobierno colombiano sigue atribuyendo delitos recientes a un jefe guerrillero que está preso hace 7 años, pero la justicia se niega a liberar al homónimo que pasa su vida en la cárcel mientras otro delinque por él; por lo que se ha publicado, tengo la certeza moral de que los responsables principales de la desaparición del magistrado Urán y de otros rehenes en el Palacio de Justicia son otros oficiales, distintos al general Plazas, que entregó las personas que sacó del palacio a otros cuerpos militares, y no verificó qué pasó con ellos.

Además de aplicar distinta medida a los testigos, hay otro sofisma de rutina: explicar las pequeñas inexactitudes y mentiras propias como errores involuntarios o menores, pero deducir de cualquier imprecisión del otro la falsedad de todo lo que afirma. Las organizaciones de derechos humanos saben por esto que una denuncia imprecisa los desacredita y puede arruinar decenas de casos fundados.

En estos días, varios columnistas han tratado de desvirtuar las denuncias, casi siempre bien demostradas, de Daniel Coronell, por algunas imprecisiones sobre sus antepasados. Según José Obdulio Gaviria, Coronell dijo "hace varios años" que sus ancestros eran yugoeslavos. Al ir a la fuente, se descubre que el artículo se publicó hace menos de un año, y que lo que aparece allí no lo escribió Coronell sino una periodista anónima, que cuenta, en forma incoherente y confusa, historias improbables y contradictorias, que no atribuye textualmente a Coronell. Y aun si este adornó y alteró su historia familiar, no es lógico deducir de ello que lo dicho en sus investigaciones es inexacto, como no sería apropiado deducir de la argumentación tendenciosa o de las pequeñas falsedades de la columna de Gaviria que nunca dice nada cierto.

 

EL ESPECTADOR

 

"QUE FISCAL ACEPTE QUE LA ENGAÑARON"

 

Dice el abogado Jaime Granados, quien cuestiona la integridad de la Fiscalía en el caso contra Plazas Vega y reitera que es inocente.

 Si hay alguien que conozca casos judiciales de importancia en este país, ese es el abogado Jaime Granados Peña, quien entre su lista de defendidos tiene al expresidente Álvaro Uribe Vélez. El Espectador lo entrevistó para preguntarle por otro de sus reconocidos clientes: el coronel retirado Alfonso Plazas Vega, procesado por los desaparecidos del Palacio de Justicia. La importancia de este proceso radica en el reciente giro que dio al existir la versión de que al testigo estrella de la investigación supuestamente lo habían suplantado.

 

¿Que pasó con el testigo estrella, el cabo Édgar Villamizar?

 

De su declaración, varias cosas nos llamaron la atención: la equivocación con el apellido Villarreal; que nunca quiso declarar ni ser interrogado por la defensa, y que su firma no corresponde, según un estudio grafológico. Son cosas que sugieren que Villamizar es un mentiroso, o no declaró, o fue suplantado. Luego él acude a la Procuraduría y asegura que fue suplantado, lo que termina por explicar las inconsistencias y mentiras del testimonio.

 

¿Y qué ocurrió en esa reunión en la Procuraduría?

 

El periodista Ricardo Puentes buscó a Villamizar y lo convenció de declarar en la Procuraduría. Se presentó el 23 de mayo, a las 11 de la mañana, y contó lo que pasó. Si estudian esta declaración, que no hay duda de que es él (con firma y huella), y la contrastan con la que supuestamente le tomaron en la Escuela de Caballería, ¿qué encontraran? Primero, que la anterior no tiene fecha y si algo sabe cualquier persona que trabaja en un medio de justicia es que toda declaración se fecha; en segundo lugar, el testimonio se da en la Escuela de Caballería y no hay ningún registro de que esta persona hubiera ingresado allá, y finalmente, aparece en el documento el error en la identificación.

 

¿Cuál era el trabajo de Villamizar cuando ocurrió la toma del Palacio de Justicia?

 

Esa es una de las inconsistencias. Resulta que reconoce que estaba en Apiay (Meta), que era cabo y trabajaba como criptógrafo. En su declaración en la Procuraduría dice que nunca fue trasladado a Bogotá. Eso en la segunda declaración. Y él sí estuvo en la Escuela de Caballería, pero porque hizo un curso y no fue en esa época. En su declaración falsa dice que lo trasladaron en helicóptero con 14 personas, a pesar de qué se pudo establecer que para la época no existía en Colombia ningún helicóptero capaz de trasladar ese número de personas.

 

¿Qué otras inconsistencias encontraron?

 

Menciona que quien estaba a cargo era el mayor Jairo Alzate Avendaño. Sin embargo, el Ministerio de Defensa aseguró que nunca ha habido un oficial con ese nombre. Entonces se equivocó hasta diciendo dónde nació.

 

¿Ustedes desestiman la excusa de la exfiscal Ángela Buitrago sobre el error de digitación?

 

Yo tengo que darle el beneficio de la duda a ella. Entonces, qué es lo que yo pienso: que ella fue engañada en su buena fe, alguien le llevó a una persona que no es. Lo que sucedió fue que a Ángela Buitrago le llega un testigo que es el testigo estrella y cree que efectivamente es él y, en medio de todo el afán de la declaración, se lo cree de buena fe. Esa es mi impresión. Sin embargo, cuando ella empieza a dar explicaciones de lo que pasó en lugar de decir “es que me la trajo fulano de tal” y empieza a decir mentiras, ahí ya la cosa cambia. Lo que Buitrago tenía que hacer era decir la verdad. Que reconozca que fue engañada.

 

¿Entonces por qué ella sostiene que a Villamizar lo conocían varias personas que trabajaron con ella en la Fiscalía y que era la misma persona?

 

Ese es el último argumento que han sacado, cuando todo lo demás se lo han destruido. Eso se llama conocimiento privado y éste en Colombia no sirve para pruebas judiciales. Ahora, ¿por qué tanta insistencia en mantener esta mentira?, porque si reconocen que fueron engañados tienen que absolver al coronel Plazas Vega.

 

¿Como un complot?

 

La consigna es que hay que condenar a Plazas Vega, entonces tenemos que mantener la mentira, mantener el engaño, y por eso no podemos reconocer que fuimos engañados. Lo que pasa es que las mentiras se caen, esto que le estoy mostrando, ellos mismos lo entregaron y es la propia prueba de sus mentiras.

 

¿Cree usted que la defensa se ha beneficiado con la demostración de que la declaración de este testigo supuestamente fue falsa?

 

Cuando un testigo ha sido suplantado, eso pone en entredicho esa declaración. Por ello, el primer testimonio que dio Villamizar no puede ser tenido en cuenta contra el coronel, a quien se debe absolver, porque él es el único testigo y no hay pruebas en su contra. Que él haya estado en el Palacio no lo hace responsable, que él haya sacado gente con vida no lo hace responsable, a él sólo lo hacía responsable esa declaración de Villamizar, que al desaparecer del proceso por esa suplantación, tiene que absolver al coronel. El suplantar a un testigo pone en entredicho la integridad de la justicia y de la investigación, pone en tela de juicio la ética de la actuación de la Fiscalía en este caso, genera muchos interrogantes de cómo es que se hace la investigación en algunos de los casos más sensibles de todo el país. Lo que abre es una serie de preguntas cuyas respuestas aún no conocemos.

 

¿Lo que sugiere es que él terminó siendo un chivo expiatorio?

 

No sé si chivo expiatorio sea la palabra más exacta porque, ¿qué ocurrió?, como les faltaba esa prueba que no existe —porque no puede existir—. aquella que vincule al coronel Plazas Vega con esa desaparición, es entonces que viene la figura del cabo Villamizar.

 

¿A qué se debe la aparición de Villamizar?

 

Tenía que aparecer alguien diciendo que el coronel sabía que había unas personas retenidas y que él dio una orden en ese sentido, entonces es por eso que Villamizar señala que escuchó a Vega diciendo “cuelguen a esos h.p.”. Entonces ya con eso quedaba la prueba de que el coronel sabía que había retenidos y que sabía que había una orden.

 

¿Por qué se archivó la primera investigación contra Plazas Vega?

 

No lo sé, yo no era el abogado en ese momento. Sin embargo, ya le pedí el documento al fiscal Chacón y estoy esperando su respuesta. Lo que sí es cierto es que se tiene que investigar y establecerse la verdad. Lo que no puede pasar ahora es que, a partir de mentiras, se quiera otra vez ocultar la verdad.

 

¿Quiénes quieren ocultarla?

 

Aquí hay unos intereses no sólo de índole político, sino también de índole económica, lo que hay detrás de los desaparecidos no solamente es establecer la verdad, sino también es que si hay desaparecidos además de Irma Franco, va a haber acciones de reparación directa, conforme a lo establecido por la Corte Interamericana de Derechos Humanos.

 

¿Qué piensa el coronel de todo esto?

 

Gracias a la acción de la Fuerza Pública salieron 260 personas con vida. La historia en su momento lo dirá. A él, después de esa tarea, le encomendaron ser el jefe de seguridad encargado de la visita del Papa, el beato Juan Pablo II. ¿Usted se imagina que le van a entregar la seguridad del Papa en Colombia a alguien que fuera un criminal? Él se ha convertido en el pararrayos de este proceso. Lo que nos están contando es que los malos fueron los que dieron su vida por rescatar a los secuestrados y los buenos los que secuestraron a la gente, esa es la historia. Perverso cómo ha cambiado todo en 25 años.

 

¿Entonces qué ha pasado con el coronel?

 

El coronel es el símbolo de esa nueva historia que se quiere escribir en contra de la verdad. Si a él lo absuelven esa verdad mentirosa ya no va a ser la verdad, ya se va a saber realmente lo que sucedió y se va a tener que hacer un juicio histórico y ahora, repito, existe una mancha en el honor militar.

 

¿Qué mancha?

 

La desaparición de Irma Franco. Todo parece indicar que alguien torturó y secuestró y seguramente asesinó a Irma Franco y por eso alguien tendrá que responder, caiga quien caiga, pero ese alguien no es Plazas Vega y eso es lo que él ha dicho: “yo no fui, yo no he interrogado a la gente, nadie puede decir que me vio con ellos”. Eso se tiene que investigar y se tiene que llegar a las últimas consecuencias pero no se va a hacer justicia en ese caso de Irma Franco condenando a un inocente como el coronel Plazas Vega ni cambiando la verdad de lo que pasó, esa es la tragedia que rodea al Palacio de Justicia. Es que aquí el primer sacrificado ni siquiera es el coronel Plazas Vega, es la verdad y, por ende, la justicia.

 

RETOS DE NUEVA LEGISLATURA

 

El senador Juan Manuel Corzo, en su discurso de posesión, arremetió contra la Corte Constitucional y pidió equilibrio de poderes.

 El senador Juan Manuel Corzo ha sido ponente de la ley de ordenamiento territorial y las facultades extraordinarias para la reforma al Estado. 

Finalmente, se cumplieron este miércoles 20 de julio los acuerdos preestablecidos por la mesa de unidad nacional (bancada santistas) en la elección de las mesas directivas del Congreso.

Al Partido Conservador se le respetó el pacto y tomó la presidencia del Senado. Entre tanto, al Partido Liberal le consumaron la elección en la presidencia de la Cámara para el representante Simón Gaviria Muñoz.

En su discurso de posesión, el nuevo presidente del Senado, Juan Manuel Corzo, sorprendió al país arremeter en contra de las Altas Cortes –ad portas de la discusión de la reforma a la justicia–, principalmente, al papel de la Corte Constitucional.

Primero habló de cómo en Colombia “se ha venido invadiendo la potestad legislativa que nos corresponde”. Según él, esto puede obedecer a “la misma falta de consolidación ideológica de los partidos que se traduzca en proyectos de ley que nos identifique”.

“Cuando la originaria potestad de hacer leyes se trasladó al pueblo se entendió que, de todos modos, la formulación de la voluntad en general no podía estar en un individuo ni en un comité, sino en una “corporación designada por la base social”, el ideal de su conformación es que en ella se vea representado el pueblo y los intereses nacionales. Fue así como el constituyente de 1991 plasmó nuevas reglas de equilibrio institucional buscando renovar la política y el liderazgo social del Congreso”, señaló.

Luego, al hablar de la “competencia” del legislativo con relación a la rama judicial, Corzo se refirió acerca de la especie de “choque que le ha causado perjuicios a la Nación, no solamente en lo conceptual, funcional, sino propiamente en las competencias que se establecieron”.

En ese sentido citó: “el artículo 379 de la Constitución consagra que los actos legislativos, la convocatoria a referendos, la consulta popular o el acto de convocatoria de la Asamblea Constituyente, sólo podrán ser declarados inconstitucionales cuando se violen los requisitos establecidos en el título XIII “de la reforma a la Constitución”…en definitiva se trata de normas de procedimiento, más no exigencias sustantivas que puedan impedir una reforma a la Constitución”.

Para explicar su malestar sobre las competencias que se pudo haber abrogado la Corte Constitucional, citó el caso del referendo de la reelección presidencial, esbozado en la sentencia C-114 de 2010.

“Hoy el Legislativo y el Ejecutivo se encuentran en una verdadera dualidad entre las facultades constitucionales cuando claramente la Corte Constitucional bajo la teoría de la sustitución, tesis abordada en la sentencia C-141/2010 se arrogó la función de revisar aspectos sustantivos o de fondo, de esta suerte no le estaba permitido ni le está permitido, ni fue la voluntad del constituyente, y tan sólo se le faculta para que por los mecanismos taxativamente citados le sea viable la revisión de vicios de procedimiento”, recalcó Corzo.

Para el nuevo presidente del Senado “como estos y muchos otros casos más, se le ha venido cercenando las funciones al legislativo”.

 

PRESENTAN PROYECTO PARA ACABAR REELECCIÓN PRESIDENCIAL

 

El Polo Democrático Alternativo radicó el acto legislativo para acabar “cualquier intención” del presidente Santos de reelegirse.

El Polo Democrático Alternativo radicó el proyecto de reforma constitucional que busca “desmontar” la reelección presidencial en Colombia.

El senador Alexander López Maya radicó en este inicio de la nueva legislatura el proyecto de acto Legislativo “que reforma algunos artículos de la Constitución Política” y acaba con la reelección presidencial en Colombia.

 

“La iniciativa de reforma constitucional que ha presentado el Polo desmonta la figura reeleccionista introducida a la Constitución Política por parte del Presidente Uribe y recupera el equilibrio natural de poderes de la Constitución Política en su versión original de 1991. Igualmente se le envía un mensaje claro a las mayorías en el Congreso en el sentido, en que no estamos dispuestos a vivir con el Presidente Santos, la experiencia vivida en el inmediato pasado, que altero todas las estructuras del poder público y consagró un régimen corrupto y aferrado al poder”, señaló.

López, junto al representante a la Cámara Wilson Arias, igualmente radicaron el proyecto de ley “que prohíbe las Cooperativas de Trabajo asociado y las demás formas de intermediación laboral”.

“Ambas iniciativas se convierten en sendas notificaciones a las bancadas mayoritarias en el Congreso de la decisión del Polo de ser un permanente animador del debate parlamentario y un activo promotor del control político al Ejecutivo y a sus principales iniciativas en este periodo, así como se abre la discusión en el Congreso en torno a cualquier intención que pudiera existir de activar el proyecto reeleccionista por parte del Presidente Santos”, cita un comunicado de López.

 

REFORMA A LA JUSTICIA Y PENALIZACIÓN AL RACISMO, RETOS DEL CONGRESO: SANTOS

 

El presidente en su discurso les recordó a los congresistas cuáles son los proyectos reto de la nueva legislatura.

El presidente Juan Manuel Santos, quien encabezó los actos de instalación de la nueva legislatura en el Congreso, se refirió acerca de ls retos de la nueva legislatura que comienza a partir de este 20 de julio.

 

El Jefe de Estado primer mencionó la reforma a la justicia, la cual, fue “discutida ampliamente” con las Altas Cortes.

“Una reforma que debe ayudarnos a ampliar la oferta de Justicia, mejorar la prestación de este servicio público y reorganizar su institucionalidad…el país está reclamando una mejor justicia, más pronta y oportuna, ¡y no podemos seguir desoyendo este clamor!”, señaló.

Sin embargo, admitió que hay no hay consensos plenos con las Cortes para el trámite del actual proyecto.

“Hemos logrado importantes acuerdos y quedan algunos disensos en temas como la tutela a las sentencias, la reforma al Consejo Superior de la Judicatura y la modificación del papel de las Cortes en la elección de altos funcionarios del Estado”, aseguró.

Por eso, dejó en manos de los congresistas, que se produzca “la mejor reforma a este servicio esencial para la Nación”.

En el mismo sentido, Santos habló de otras iniciativas para descongestionar la justicia y a hacerla mejor y más ágil.

“Y hay otras iniciativas, como el Código General del Proceso, el Código Penitenciario, la ley de Jueces de Paz, el Estatuto de Arbitraje, el Código Nacional de Tránsito, el Régimen de Infracciones y Sanciones en materia de Transporte, el Código Electoral, y el Estatuto Registral, que crea un nuevo sistema de registro de titularidad y establece el concurso nacional para la designación de los directores de oficinas de registro”, agregó.

 

Castigos al racismo

 

En el marco del año internacional de los afro-descendientes, el presidente Juan Manuel Santos en la instalación del Congreso reitero el apoyo del Gobierno al proyecto que penaliza el racismo e insistió en “nuestro compromiso con el proyecto de ley de igualdad de oportunidades para la población afro”.

 

Estatuto a la oposición

 

El otro desafío de la nueva legislatura, según Santos, es el Estatuto de la Oposición –“que presentaremos si concertamos el proyecto con el partido de oposición”,

 

Otras leyes

 

Ley de la Mujer

Ley de Jóvenes

Ley de Discapacidad

Ley de Derechos de Autor

Ley de Bomberos

Ley de Voluntariado

Ley de Defensoría Integral para miembros de la Fuerza Pública

Ley de la autorización para la venta de un porcentaje de Ecopetrol

Ley del Código de Minas

Reformas al Régimen Municipal y Departamental

 

 

EDITORIAL

SÍ, ACEPTO: LA LEGALIZACIÓN DEL MATRIMONIO IGUALITARIO

 

La acción pública constitucional fue planeada para que todos los ciudadanos, con o sin formación jurídica, pudieran demandar normativas que trasgredieran sus derechos. Esta figura, por su naturaleza, y a diferencia por ejemplo de un recurso de casación, no tiene requisitos de forma.

En principio, debería bastar que cualquier persona explicitara qué ley lo violenta y por qué. De manera mucho más desarrollada lo hizo en septiembre de 2009 Felipe Montoya cuando demandó las expresión “procrear”, contenida en el Artículo 113 del Código Civil, y las expresiones “familia” y “un hombre y una mujer de contraer matrimonio”, contenidas en la Ley 294 de 1996. Lo que Montoya pedía era que se abandonara el registro de que sólo es familia la que se conforma por un hombre y una mujer, que se dejara de considerar la procreación como el fin del matrimonio y que se les diera la oportunidad a las parejas del mismo sexo de que formalizaran su vínculo sentimental con un contrato matrimonial como lo hacen todos aquellos a quienes se les reconoce autonomía y voluntad.

Una petición, por demás, sensata. En un país en el que el 34% de los hogares son conformados por madres solteras, entender la familia de manera exclusiva como la convivencia de un hombre y una mujer resulta anacrónico, por no decir absurdo. De la misma manera que es absurdo juzgar que el fin único del matrimonio sea la procreación. ¿Qué hacemos, entonces, con las personas que no pueden tener hijos? ¿Le prohibirá el país casarse? Y las que sí puedan, pero no quieran, ¿se les obligará a hacerlo? El Estado tiene límites y familia parece ser, como lo decía un sabio magistrado colombiano, “el lugar donde residen los afectos”. Una abuela y su nieta, también son familia. Un tío y su sobrino. Dos padres sin hijos. ¿Por qué no dos hombres y dos mujeres? De manera sorpresiva, sin embargo, la Corte dejó pasar este reconocimiento y a la demanda de Montoya, como quien se lava las manos, le alegó vicios de forma.

Antes de mañana, sin embargo, el alto tribunal deberá fallar sobre una nueva demanda. Más específicamente, deberá fallar sobre si, en efecto, la Carta de 1991, como muchos lo celebran, estableció la dignidad, el pluralismo y el libre desarrollo de la personalidad como pilares del nuevo orden; sobre si podemos elegir ser lo que queremos y apostar por un ideal de vida y guiarnos por él; sobre si somos nosotros quienes podemos construir nuestra propia identidad. Una identidad que no sólo responde al giro circunstancial de un cambio de modelo político, sino que expresa también, y de manera más profunda, ese sentimiento interno que nos define a todos.

Las parejas del mismo sexo no están pidiendo un nuevo derecho y quienes los apoyan no quieren revolucionar la sociedad. La sociedad ya es lo que es. Y lo es, además, desde hace mucho tiempo. Se trata de reconocerlo e incluir las diferentes formas de vida en el Estado. Es un ejercicio de justicia, de perspectiva, de tolerancia. Mientras que la Corte se daba tiempo con formalismos, el matrimonio igualitario fue aprobado en Brasil y en el estado de Nueva York. Ya está aprobado en Canadá, México DF, Argentina y en varios de los estados americanos, para no irnos a Europa. ¿Qué pueden estar esperando los magistrados? ¿Más argumentos anatómicos del tipo “el hombre está diseñado para encajar en la mujer”? ¿No es acaso ya hora de dar las igualdades políticas por sentado?

 

¿POR QUÉ SOY CONSERVADOR?

Por: Tatiana Acevedo

 

Por estos días el presidente del partido Conservador, José Darío Salazar, insiste en su idea de "acabar" con los tres casos en los que el aborto es legal en el país.

El deseo de escarmentar mujeres a lo largo del territorio nacional puede ser sólo una estratagema para que el conservatismo ocupe las primeras páginas por algo más que los líos judiciales de Andrés Arias. Pero deja claro, en todo caso, que la Colombia que propone el Partido Conservador es una en donde, sobre todo, se castigue duro a mujeres que abortan. Es esta su línea programática y en ello gastan hoy todas sus energías.

Qué pena sentirían quienes amanecieron en vela ideando una nación y construyendo un partido. Pedro Nel Ospina, que imaginó un país con infraestructura y estructura tributaria modernas, o Esteban Jaramillo, que delineó la historia económica de más de dos décadas. U otros más polémicos como Laureano Gómez, que inauguró la lucha contra la corrupción, en el seno mismo de su partido, o Belisario Betancur, que aunque fracasó, invirtió años de su vida en pensar una solución negociada al conflicto.

Qué vergüenza para Carlos E. Restrepo, que en su posesión como presidente, en 1910 aclaró: “Soy católico, pero como jefe civil del Estado no puedo erigirme en pontífice de ningún credo, y sólo seré el guardián de las creencias, cualesquiera que sean, de todos los colombianos”. El mismo Restrepo que modernizó la constitución, evitó más de una guerra civil y creó la instrucción pública.

“¿Por qué es que soy conservador?”, deberían preguntarse los dirigentes de la colectividad, ya que están tan mal de agenda.

Para responder, recomiendo regresar a los clásicos. Abrir biografías, consultar anales del Congreso, leer las actas del partido que empastó en cuero azul Jorge Sedano. Dejar de sacudir el árbol del voto visceral (que se disputan con movimientos cristianos y con la senadora Jiménez) y buscar inspiración en sus copartidarios del pasado, que fueron infinitamente más modernos.

 

HEIL GILMA

Por: Ernesto Yamhure

 

Comienza una nueva legislatura y habrá proyectos de ley de todos los calibres. Durante el próximo año, veremos a un Congreso entregado a la aprobación desesperada de normas, porque al fin y al cabo acá lo que impera es el santanderismo: frente a cada dificultad un buen paquete legislativo.

Creen los congresistas, cree el liberal presidente Santos, cree la gente que las leyes tienen virtudes mágicas y que con su mera promulgación se garantiza la solución de los problemas sociales.

Gilma Jiménez, congresista que hace muchos años militó en las filas del liberalismo —forjada bajo el amparo del campeón mundial de la manzanilla, Julio César Sánchez— ha querido presentarse como la defensora de los derechos de la niñez en el Parlamento colombiano.

Lidera el referendo para castigar perpetuamente a los violadores de menores de edad, iniciativa que le ha permitido ganarse el apoyo de las mayorías. ¿Quién puede estar en contra de que un abusador de niños no se pudra en la cárcel?

Hasta ahí iba bien la aguerrida congresista que en su afán de protagonismo está planteando un absurdo proyecto para garantizar la paternidad responsable. Dice ella que uno de cada cinco niños crecen sin saber quién es su papá. ¿Acaso una ley podrá por, sí misma, obligar a que los que engendran hijos respondan por ellos? Honorable senadora Jiménez: desafortunadamente, la sensibilidad humana no puede ser incorporada a través de las normas jurídicas. Si así fuere, las sociedades no tendrían que padecer los horrores que cometen los terroristas, los pederastas o los proxenetas.

 

Según la parlamentaria, el proyecto contempla que los hombres que no garanticen la subsistencia de sus hijos, reciban sanciones sociales y penales. Asegura que “el no responder (sic) emocionalmente” por los niños será castigado con cárcel. Atención: preparemos un nuevo capítulo del Código Penal con una tabla que califique el nivel de amor de un padre a un hijo, con los respectivos castigos para quienes no lleguen al mínimo anhelado por la senadora Jiménez.

En 1979, el régimen comunista chino estableció una política radical para el control de la natalidad que obliga a que las parejas que habitan en las zonas urbanas tengan un solo hijo y dos aquellas que viven en el campo.

Los que incumplan son castigados con la reducción de asistencia social en educación, salud y vivienda.

Es normal que un régimen totalitarista como el de China, donde la democracia es una meta inalcanzable, el partido político se inmiscuya en la vida de sus ciudadanos, hasta el extremo de limitarles el número de hijos que pueden tener.

Una aberración semejante sería adoptada en nuestro país, si es aprobado el proyecto de la senadora Jiménez. Ella cree que el desamor y la paternidad irresponsable se presenta con mayor frecuencia en las familias de escasos recursos. En otras palabras: los pobres, según ella, son unos insensibles.

Dado lo anterior y, en aras de obligar a que estas personas sean amorosas y responsables, el Estado debe decirles cuántos hijos pueden traer al mundo y en caso de que superen el límite establecido, se les castigaría igual que en la China, quitándoles beneficios sociales.

Comparto la preocupación y angustia de la senadora Jiménez por los niveles de desafecto con que crecen algunos de nuestros niños. Por supuesto que esa realidad debe ser cambiada, pero no a través de normas de corte fascista que no solucionan el problema, pero en cambio le hacen un daño irreparable a nuestra democracia.

La solución no está en una ley, sino en una política real y de largo plazo de educación en materia sexual y moral.

 

EL NUEVO SIGLO

 

DEBATE POR FALTA DE REPRESENTACIÓN EN SENADO PARA POBLACIÓN AFRO

Voceros de esta etnia señalan que no existen los mecanismos que aseguren una real representación en la Cámara

El reconocimiento a la diversidad étnica en el país es uno de los logros más importantes de la Constitución del 91. En ese sentido estableció circunscripciones especiales en el Congreso para pueblos indígenas y afro, sin embargo para éstos últimos no previó curul en el Senado.

Esta situación ha hecho que algunos consideren la necesidad de una reforma constitucional que cree también una circunscripción especial en Senado para la población afrocolombiana.

La Carta en su artículo 171 señala que “el Senado de la República estará integrado por cien miembros elegidos en circunscripción nacional. Habrá un número adicional de dos senadores elegidos en circunscripción nacional especial por comunidades indígenas”.

En cuanto a la Cámara, la Constitución dice en su artículo 176 que “… la ley podrá establecer una circunscripción especial para asegurar la participación en la Cámara de Representantes de los grupos étnicos y de las minorías políticas”.

Precisamente la Ley 649 de 2001 en su artículo primero estableció que “de conformidad con el artículo 176 de la Constitución Política habrá una circunscripción nacional especial para asegurar la participación en la Cámara de Representantes de los grupos étnicos, las minorías políticas y los colombianos residentes en el exterior.

Esta circunscripción constará de cinco  curules distribuidas así: dos  para las comunidades negras, una para las comunidades indígenas, una  para las minorías políticas y una  para los colombianos residentes en el exterior”.

 

Reconocimiento a etnias

 

 

Sobre el particular la representante a la Cámara, Gloria Stella Díaz, señaló que “lastimosamente en la reforma política no consideramos otros grupos vulnerables porque así como logramos la inclusión y la participación del 30 por ciento de las mujeres de forma obligatoria, logramos que hubiera una financiación del cinco por ciento de los recursos que el Estado le da a los partidos para su funcionamiento, en el tema de etnias, de afros quedó muy general, y tenemos que entrar a trabajar para que exista también una ley de cuotas para los afro, para que exista por parte de los partidos financiación y que sea representativa la labor que se hace por parte de estas comunidades en el Congreso de acuerdo con su población”.

En ese sentido la Parlamentaria del Movimiento Mira señaló que las curules en el Congreso deben ser en proporción al número de la población.

En tanto que el ex magistrado de la Corte Constitucional, José Gregorio Hernández, señaló que para entender la razón para que los constituyentes en el 91 crearan una circunscripción especial en el Senado solo para los indígenas, hay tener en cuenta ese momento de la historia nacional. “Yo no creo que los constituyentes hubieran discriminado en el 91 entre los afrodescendientes y los indígenas, lo que pasa es que los constituyentes estaban alcanzado una cosa que antes no se había ni siquiera pensado, que era que los indígenas tuvieran una participación. Es que venimos de una época en que no se les reconocía nada”.

Agregó que “el salto que se dio en el 91 fue muy importante para las comunidades indígenas, era un reconocimiento necesario a nuestros orígenes”.

Finalmente el Director Nacional del Movimiento Nacional Cimarrón, Juan de Dios Mosquera, señaló que antes que pensar en una curul en Senado por circunscripción especial para la población afrocolombiana, es necesario que la norma garantice que las dos curules en la Cámara sean ocupadas por personas que realmente representen a esta población.

 “Las dos curules en Cámara para la población afrocolombiana como grupo étnico fueron concebidas sin unas condiciones especiales que impidan que el oportunismo politiquero y los partidos políticos usurpen la representación como ha venido ocurriendo”.

Explicó que cualquier persona que se autodenomine afrocolombiano y reciba el aval de una organización social inscrita ante el Ministerio del Interior puede ser candidato. Por eso dijo que “requerimos una circunscripción especial que le dé vocería a las organizaciones representativas del pueblo afrocolombiano, que se cuentan con los dedos de la mano”.

 

REFORMA JUDICIAL SIN CONSENSO

 

“Congreso, en  este álgido asunto, no dará paso significativo”

UNA  vez más el tema de la tutela contra sentencias es la manzana de discordia entre las altas Cortes en las discusiones sobre la Reforma a la Justicia. En el año de 1997, la Corte Suprema de Justicia y el Consejo de Estado, radicaron un proyecto de Acto Legislativo, acabando con esta institución. Fue aprobado en la Comisión Primera de la Cámara en primer debate y luego murió por trámite en la Plenaria. El pulso lo ganó la Corte Constitucional.

El presidente Santos ha dicho que si no hay consenso en la Reforma a la Justicia, la decisión final la tomará el Congreso, ante quien se presentará el proyecto el próximo 20 de julio. El Congreso, en este álgido asunto, no dará ningún paso significativo, que dirima de una vez por todas “el choque de trenes”. El enfrentamiento es evidente: Corte Suprema de Justicia, Consejo de Estado y Consejo Superior de la Judicatura por una parte, y por la otra, la Corte Constitucional.

No habrá salida que colme a todos estos altos organismos judiciales y el Congreso terminará por declinar su plena autonomía como constituyente derivado, ante la imposibilidad de ser neutral. No se puede olvidar que por un lado, los congresistas tienen al frente a sus jueces naturales, que investigan sus posibles conductas punibles y los casos de pérdida de investidura, y por el otro, a una poderosa Corte Constitucional en cuyas manos está la suerte de las reformas constitucionales y de las leyes que el Congreso apruebe, como también la revisión eventual de las sentencias de tutela. La confrontación referida ha trascendido a los organismos internacionales de Justicia y generado denuncias penales entre los máximos tribunales, que cursan en la Comisión de Acusación de la Cámara de Representantes.

 

 

Reforma a la Justicia consensuada, como aspira el Gobierno, es un imposible; impuesta por el Congreso, satisfaciendo a todas las más elevadas corporaciones de Justicia, es improbable. Tal vez, el Congreso aprobará una reforma regular sin mayores alcances sociales, dejando pendientes las soluciones de gran calado. Si ésta fuera profunda, seguramente sería catalogada por la Corte Constitucional como una sustitución de la Constitución y el desenlace, su inexequibilidad. Eso se dice, por ejemplo, de la propuesta del Gobierno de acabar con el Consejo Superior de la Judicatura.

Sin embargo, en el entretanto, el sistema judicial sigue en crisis y la Nación en espera con escepticismo, de un verdadero revolcón a la Justicia. El audaz empeño del Gobierno, no puede naufragar, por un mal diseño constitucional que es necesario enmendar, por el dogmatismo judicial, el cálculo político, la falta de valor legislativo o el temor a la Corte Constitucional. Otro fracaso en este intento, justificaría la convocatoria de una Asamblea Constituyente para que adelante una reforma integral de la Justicia.

 

CON PERMISO DEL MARIDO

 

Por MARÍA CLARA OSPINA

 

“Las mujeres fueron tratadas como niños incapaces de pensar”

Leyendo  sobre la escritora española Ana María Matute, Premio Cervantes, me encontré un dato interesante. Su primer contrato con una editorial lo firmó su padre y el siguiente, su marido, ya que ella, por ser mujer, no tenía derecho a firmar contratos en la España de la posguerra, algo normal en esa época.

Las mujeres fueron tratadas como niños incapaces de pensar y tomar decisiones hasta muy entrado el siglo XX. Por este motivo, un hombre debía pensar y decidir, y muchas veces actuar, por ellas.

No sólo no tenían derechos como ciudadanas, o sea, no podían votar, elegir o ser elegidas, sino que tampoco se reconocía su capacidad para decidir sobre su persona, sus bienes, ni siquiera sobre sus hijos.

A las jóvenes les sorprende oírme contar cómo en Colombia las mujeres que iban a viajar sin sus maridos tenían que presentar un permiso firmado por ellos para poder salir del país.

Es vergonzoso que esto aún suceda en algunos países árabes, donde la mujer no sólo debe presentar permiso del marido para viajar, sino que debe hacerlo acompañada de un hombre, así sea un niño.

En 1946, cuando mi padre fue electo Presidente, mi madre, la aguerrida política Doña Bertha, no pudo votar por él, pues aún no se había aprobado el voto de la mujer en Colombia, lo que sólo ocurrió en 1958.

Por esos años, la patria potestad sobre los hijos era exclusivamente del padre. Si una mujer, por cualquier motivo, era considerada por su marido una mala madre, este podía quitarle los hijos y hasta botarla de la casa.

Las propiedades heredadas por la mujer pasaban a ser administradas por el esposo, quien podía disponer de ellas sin consultarla. ¿Quién no ha oído de maridos abusivos que despilfarraron grandes fortunas jugando cartas, tomando trago, o visitando a prostitutas a las que les pagaban con el dinero heredado por su mujer?

Hoy es fácil olvidar que la educación era otra área vedada a las mujeres.

Golpear a una mujer era perfectamente aceptable y en algunos casos también lo era matarla. En Francia, los crímenes pasionales fueron aceptados por la ley hasta hace unas décadas. La justificación era muy sencilla: para un hombre era imposible contener su furia si encontraba a su mujer en el lecho con otro.

Este tipo de crimen aún sucede en algunos países musulmanes, donde por adulterio se condena a las mujeres a ser lapidadas y cualquier hombre puede participar tirándole piedras a la condenada.

Es importante no olvidar el pasado de abusos que la mujer vivió. Hemos ganado mucho en las últimas décadas, pero aún nos falta camino por recorrer; es por eso trascendental participar activamente en el debate político y en todos los espacios civiles.

 

REVISTA SEMANA

 

SERÁ QUE LA CORTE CONSTITUCIONAL PROMETE SER FIEL A LA IGUALDAD?

por  Manuel velandia.

 

Los homosexuales y las lesbianas no queremos -y nunca hemos exigido- un trato preferente, solo solicitamos a la Corte que se nos reconozca plenamente como iguales al resto de ciudadanos y ciudadanas colombianos ya que confiamos en que del trato igualitario se desprenda el derecho a un matrimonio igualitario.

Las personas que no conocen estos “rollos” del matrimonio igualitario se preguntarán ¿qué es lo que demandan las personas Lesbianas y Gay a la Corte Constitucional? y bien, es algo realmente elemental: la igualdad.

La demanda se enfoca principalmente en el Artículo 113 del Código Civil, el cual dice que: “El matrimonio es un contrato solemne por el cual un hombre y una mujer se unen con el fin de vivir juntos, de procrear y de auxiliarse mutuamente”. El problema radica en que, según esto, el matrimonio solo es posible entre “un hombre y una mujer” y su fin es el “de procrear”.

Pero esta no es la única norma que presenta dicho problema. El primer inciso del Artículo 2 de la Ley 294 de 1996, menciona que: La familia se constituye por vínculos naturales o jurídicos, por la decisión libre de un hombre y una mujer de contraer matrimonio o por la voluntad responsable de conformarla.

Además, el primer inciso del Artículo 2 de la Ley 1361 de 2009 dice en sus Definiciones que para efectos de la Ley se entenderá que Familia es el núcleo fundamental de la sociedad y enseguida se complementa con la descripción literal del Artículo 2 de la Ley 294 del 96. Adicionalmente, según las disposiciones actuales dos personas del mismo sexo no podrían conformar una “familia”.

Pero en lo que respecta a este caso es importante aclarar que, primero, no se niega que la Familia sea el “núcleo fundamental de la sociedad”; tampoco que se constituya por “vínculos naturales o jurídicos”; mucho menos que no deba ser “por la decisión libre de un hombre y una mujer de contraer matrimonio o por la voluntad responsable de conformarla”, es decir, no se niega lo que dice la legislación. Lo que se niega es que la idea de “familia” solo pueda ser constituida por un hombre y una mujer. Esto porque, según la Ley:

 

1.) Las familias monoparentales (las que se asumen son conformadas por un solo progenitor) tampoco podrían considerarse como una familia.

 

2.) Cuando los hijos son adoptados no habría procreación y por ende no sería legal que esos padres y madres sean considerados como una familia (por aquello de que no exisitieron previas labores de pro-creación).

 

3.) La orientación sexual del padre o la madre no es determinante de la adopción, ni de la procreación, como tampoco de la capacidad para maternar o paternar.

 

 En ese caso... ¿Qué derechos se vulneran a las Lesbianas y Gay?

Según quienes analizan el proceso, las expresiones y normas demandadas de las Leyes citadas violan varios Artículos de la Constitución Política Nacional como son: El Número 1: dignidad humana dentro de un Estado social de Derecho; el 13: Derecho a la igualdad; el 14: Derecho al reconocimiento de la personalidad jurídica, concretamente en cuanto al estado civil; el 15: Derecho a la intimidad y al buen nombre; el 16: Derecho al libre desarrollo de la personalidad y por último, el 42: Derecho a la autonomía reproductiva.

Además, la expresión “de procrear” unida al matrimonio es inexequible. Esto es porque, si fuera exequible, los matrimonios sin hijos no serían matrimonios ya que no se estaría cumpliendo una de las finalidades del mismo y especialmente el problema también radica en que la definición de “procreación” como finalidad, desconoce el derecho a la autonomía reproductiva, y por extensión los derechos a: decidir libremente el tener o no un hijo (Art. 42 C.P.); la intimidad personal y familiar (Art. 15 C.P.); y al libre desarrollo de la personalidad (Art. 16 C.P.), especialmente de la mujer que, por cuestiones biológicas y culturales, tiene el derecho a decidir en cuanto a la reproducción (Si se tiene el derecho a decidir, la decisión no puede ser necesariamente engendrar hijos, sino también, no quererlo).

De otro lado, cabe preguntarse si la Constitución solo protege a la familia heterosexual y monogámica. Por supuesto que ni es ni debe ser así (al menos mientras seamos un Estado Social de Derecho, mal llamada democracia). El matrimonio es un contrato que genera un vínculo jurídico entre los contrayentes y obligaciones personales recíprocas en el ámbito exclusivo de la pareja.

Pero... ¿Por qué si es un contrato solo pueden realizarlo las personas heterosexuales y únicamente entre un hombre y una mujer? Bueno, esto ni es ni tiene que ser necesariamente así, porque en ese caso la Corte estaría validando que existen ciudadanos que no pueden tener los mismos derechos que otros, es decir, como si solo existieran derechos para los heterosexuales (y en la Constitución ello no se evidencia de ninguna manera).

Ahora, si somos iguales... ¿en dónde queda la dignidad de los homosexuales y las lesbianas? ¿Se es indigno por el solo hecho de no ser heterosexual? Si no somos indignos... ¿por qué se incumple el deber mínimo de protección que nos corresponde por parte del Estado? Hasta el momento (año 2011), en diferentes fallos la Corte Constitucional a través de algunas Sentencias (C-075 de 2007, C-811 de 2007, T- 856 de 2007, C-336 de 2008 y C-029 de 2009) garantiza el derecho a la igualdad y la prohibición de discriminación de las personas homosexuales; sin embargo, en el caso del matrimonio todavía están en “neutro”.

Desde otras perspectivas, como la de los jerarcas de la iglesia católica, se alega que el “matrimonio” solo hace referencia a hombre y mujer. Para desgracia lingüística de estos personajes, etimológicamente hablando, el origen de la palabra no es claro.

Se suele derivar de la expresión "matris munium" proveniente de dos palabras del latín: "matris" (madre) y "munium" (gravamen o cuidado), viniendo a significar "cuidado de la madre", en tanto se consideraba que la madre era la que contribuía más a la formación y crianza de los hijos. Otra posible acepción provendría de "matreum muniens", lo representa la idea de “defensa y protección de la madre, implicando la obligación del hombre hacia la madre de sus hijos”. En contraste con las anteriores en el árabe, el matrimonio es entendido como «contrato de coito» o «contrato de penetración».

Desde las anteriores ópticas pareciera que el fin es la procreación, en consecuencia, si no hay procreación no habría matrimonio, de donde se desprende que si ésta no es necesaria, entonces dos personas del mismo sexo pueden realizar dicho contrato.

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.CARACOL RADIO

 

CORTE CONSTITUCIONAL RESOLVERÁ HOY SI AVALA LA PROHIBICIÓN DE LA DOSIS MÍNIMA DE DROGAS

 

La Sala Plena de la Corte Constitucional se reúne hoy para estudiar la demanda contra la prohibición al consumo y porte de drogas.

 

Se trata de una modificación hecha en 2009 que penalizó nuevamente la llamada dosis mínima de estupefacientes para el auto consumo.

En este caso, la Procuraduría pidió a la Corte avalar la prohibición pues considera que en este caso no se están violando las libertades personales, ya que la norma es acorde con la Constitución.

Alejandro Ordóñez aseguró que darle vía libre a la prohibición implicaría un mayor costo económico para el país.

 

RCN RADIO

 

CORTE CONSTITUCIONAL DEFINE SANCIÓN A DOSIS PERSONAL

 

Los magistrados de la Corte Constitucional dicidirán hoy sobre la prohibición al consumo de drogas en lugares públicos.

 

Con ponencia del magistrado Juan Carlos Henao, los 9 magistrados de la Corte votarán si la reforma de diciembre de 2009 que prohibió el porte y consumo de la dosis mínima de 20 gramos de marihuana y dos gramos de bazuco, se mantiene o se elimina.